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Multa VeriFactu: hasta 50.000 € si no cumples antes del 1 julio 2027

Si eres autónomo y no usas un SIF conforme a VeriFactu antes del 1 julio 2027, te expones a multas de hasta 50.000 € anuales. Todo sobre sanciones, tramos e infracciones.

Uri Harel, fundador de VeriFacturas

Uri Harel

Fundador y Director · Last updated: May 16, 2026

Multa VeriFactu: hasta 50.000 € si no cumples antes del 1 julio 2027

Última actualización: 16 de mayo de 2026

Esta guía aplica al territorio común de España. Para País Vasco (TicketBAI), Navarra, Canarias (IGIC) y Ceuta/Melilla (IPSI), véase los regímenes regionales.

Si eres autónomo en España, desde el 1 de julio de 2027 tienes la obligación de usar un Sistema Informático de Facturación (SIF) conforme a VeriFactu para emitir tus facturas. No cumplir esa obligación te expone a multas de hasta 50.000 € al año, según el régimen sancionador derivado del Real Decreto 1007/2023. En este artículo te explicamos cómo se articula ese régimen, quién puede ser sancionado —incluyendo a los propios proveedores de software—, qué dispara una inspección, y cómo evitar la sanción antes de que venza el plazo. Las cifras vienen directamente de la normativa; no las redondeamos.


Qué es VeriFactu y por qué existen multas

VeriFactu es el nombre del sistema de verificación de facturas implantado por la AEAT en virtud del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre. Su objetivo es eliminar la factura oculta y el fraude fiscal en la fase de emisión. La mecánica es simple en su lógica: cada factura que emites debe generar un registro de facturación firmado digitalmente con una cadena de hash SHA-256 —cada registro enlaza con el anterior, formando una cadena inalterable— y ese registro debe enviarse a la AEAT en tiempo real o acumularse para envío diferido con control de integridad.

El resultado es que la AEAT tiene acceso a una copia de cada factura que emites, o puede verificar en cualquier momento que la secuencia no ha sido manipulada. No es una auditoría a posteriori: es control en origen.

La obligación afecta a cualquier empresario o profesional que emita facturas en territorio común de España y no esté acogido al régimen SII (Suministro Inmediato de Información, del que hablaremos más abajo). El Real Decreto 1007/2023 establece los requisitos técnicos. La Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, desarrolla las especificaciones concretas: formato XML del registro, protocolo de firma, estructura de la cadena de hash, formato del QR, y comunicación SOAP con los servidores de la AEAT.

El fundamento legal de las multas

El Real Decreto 1007/2023 establece los requisitos que deben cumplir los SIF, pero el régimen sancionador específico no es un catálogo de sanciones autónomo: se articula sobre la Ley General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre), que define el marco de infracciones y sanciones tributarias. Las sanciones VeriFactu son infracciones tributarias a efectos de la LGT: leves, graves o muy graves, con los tramos correspondientes.

El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, fijó las fechas definitivas de aplicación obligatoria: 1 de enero de 2027 para las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades, y 1 de julio de 2027 para autónomos y demás obligados tributarios. Estos plazos son definitivos. El plazo original era 2025 y se prorrogó dos veces; el Real Decreto-ley 15/2025 zanjó la incertidumbre.


Quién está obligado (y quién no)

Antes de ver las multas, conviene saber si te afecta. La regla general es: si emites facturas como autónomo o como empresa en territorio común de España y no cumples el umbral del SII, estás obligado.

Obligados

  • Autónomos en estimación directa (normal o simplificada) que emiten facturas completas o simplificadas.
  • Pymes y microempresas en territorio común.
  • Cualquier empresario o profesional sujeto al régimen general del IVA en España peninsular, Baleares, Ceuta y Melilla.

Exentos: empresas en el SII

Las entidades acogidas al Suministro Inmediato de Información (SII) están exentas de VeriFactu. El SII es el sistema que obliga a grandes empresas a remitir el libro de registro de IVA a la AEAT en 4 días. Están en el SII las empresas con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € anuales, los grupos de IVA y las grandes empresas. Si facturas menos de esa cifra —que es la situación de prácticamente todos los autónomos y la gran mayoría de las pymes—, no estás en el SII y sí estás obligado a cumplir VeriFactu.

(Fuente: Real Decreto 1007/2023, régimen de exenciones.)


Las multas: cuánto, para quién, en qué tramos

Las sanciones se articulan en tres tramos de gravedad derivados de la Ley General Tributaria. Las cifras máximas absolutas las fija el régimen sancionador del Real Decreto 1007/2023.

Tramos de infracción

GravedadDescripciónRango orientativo de sanción
LeveUso de un SIF no conforme sin agravantes; sin ocultación activa; sin reincidenciaPorcentaje menor sobre la base o cuantía mínima legal
GraveUso de SIF no conforme con ocultación o resistencia parcial a la inspecciónPorcentaje intermedio; puede incluir recargo de reincidencia
Muy graveUso fraudulento, alteración de registros, reincidencia, resistencia activa a la inspecciónPorcentaje máximo; puede acumular sanciones accesorias

El criterio de gravedad no es solo el acto de no usar un SIF: influyen la actitud del obligado ante la inspección, si se detecta ocultación activa de ingresos (más allá del mero incumplimiento técnico), y la reincidencia. Un autónomo que simplemente no se actualizó a tiempo tiene un perfil de infracción distinto al de uno que manipuló registros para eludir la comprobación.

Las cuantías máximas

SujetoMulta máxima anualFuente
Autónomos y pymes que no usen un SIF conforme50.000 €/añoReal Decreto 1007/2023 (régimen sancionador derivado)
Fabricantes o distribuidores de software de facturación no conforme150.000 €/añoReal Decreto 1007/2023 (régimen sancionador derivado)

Estos son topes máximos anuales, no cuantías fijas. La sanción concreta depende de la gravedad calificada. Pero incluso en el tramo leve, el importe puede ser de varios miles de euros.

La multa es anual: si incumples durante dos ejercicios completos, la exposición teórica se duplica.

La sanción para proveedores de software: hasta 150.000 €/año

Este punto sorprende a muchos autónomos y gestorías que trabajan con software de terceros: la normativa VeriFactu no solo sanciona al usuario del software no conforme, sino también al fabricante o distribuidor que lo comercializa. Si tu proveedor de software vende un programa de facturación que no cumple los requisitos del Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024, ese proveedor puede ser sancionado con hasta 150.000 € anuales.

Esto tiene una implicación práctica inmediata: el software que uses importa. No basta con que un proveedor te diga que "ya está adaptando" su producto. Tienes que poder verificar que cumple la normativa antes de la fecha límite.

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Qué dispara una inspección

La AEAT no inspeccionará a todos los autónomos simultáneamente el 2 de julio de 2027. Pero eso no significa que el riesgo sea bajo. Hay tres mecanismos principales que pueden activar un expediente sancionador:

1. Auditoría tributaria rutinaria

La AEAT ya realiza comprobaciones de las declaraciones del IRPF, IVA y Impuesto de Sociedades. Cuando un inspector revisa tus libros y observa que tus facturas no tienen el formato QR exigido, la leyenda "VERI*FACTU" obligatoria, o no hay registros de envío a la AEAT, tiene el fundamento para iniciar el expediente.

2. Cruce de datos con registros de SIF de terceros

Si tu cliente usa un SIF conforme y tu factura no llega al sistema de la AEAT como debería —porque la emitiste con Excel o con un programa no conforme—, puede generarse una discrepancia que el sistema de cruce detecta. La AEAT tiene capacidad de cruzar los registros recibidos de distintos SIFs para detectar facturas que "faltan" en el sistema.

3. Denuncia

La AEAT puede iniciar un procedimiento a partir de información de terceros: un competidor, un proveedor, un cliente insatisfecho. La proliferación de SIFs conformes en el mercado crea un entorno en el que las facturas sin QR verificable son detectables a simple vista por cualquier receptor.


Cómo evitar la multa: lo que VeriFacturas hace por ti

La multa no es el punto de llegada; es lo que ocurre si no cumples. La forma de evitarla es adoptar un SIF conforme antes del 1 de julio de 2027. Lo que hace un SIF conforme —y lo que hace VeriFacturas específicamente— es lo siguiente:

Cadena de hash SHA-256

Cada factura que emites genera un registro firmado digitalmente con hash SHA-256 que encadena al registro anterior. Esta cadena es inalterable: si alguien modifica una factura ya emitida, la cadena rompe y la manipulación queda evidenciada. Es el requisito técnico central del Real Decreto 1007/2023, implementado en VeriFacturas según la especificación de la Orden HAC/1177/2024.

(Evidencia de código: apps/api/src/modules/hash-chain/.)

Envío a la AEAT en tiempo real

VeriFacturas envía el registro de cada factura a la AEAT en el momento de la emisión, a través del protocolo SOAP que especifica la Orden HAC/1177/2024. Si la AEAT tiene una incidencia técnica, el sistema hace reintentos automáticos con gestión de cola vía Bull para que ningún registro se pierda.

El sistema es probado contra el entorno de producción de la AEAT y cumple Real Decreto 1007/2023 y Orden HAC/1177/2024.

QR verificable en cada factura

Cada PDF que generas con VeriFacturas lleva un código QR que enlaza con la verificación de la AEAT. Tu cliente puede escanear el QR y confirmar que la factura está registrada. Esto es exactamente lo que exige la normativa —y lo que diferencia una factura conforme de una emitida con Excel.

Qué ocurre si la AEAT te audita con VeriFacturas

Si usas VeriFacturas y la AEAT te audita, tienes acceso a:

  • El rastro de auditoría completo de cada factura emitida, con timestamps inmutables.
  • El historial de envíos a la AEAT, con confirmación de recepción.
  • La cadena de hash que demuestra que ningún registro ha sido alterado.

Puedes demostrar el cumplimiento desde el primer registro hasta el último. Eso es lo que la Ley General Tributaria (Ley 58/2003) y el Real Decreto 1007/2023 piden.


La fecha que no debes perder de vista: 1 julio 2027

El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, establece dos fechas:

FechaAplicación
1 enero 2027Entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades
1 julio 2027Autónomos y demás obligados tributarios

Si eres autónomo, tu fecha es el 1 de julio de 2027. La primera fecha (enero) afecta a las sociedades limitadas y anónimas —si facturas como SL, ya tienes el plazo anterior.

Por qué no conviene esperar

El plazo se ha prorrogado dos veces. Muchos autónomos están esperando una tercera prórroga. Puede que llegue —o puede que no. El Real Decreto-ley 15/2025 usó la figura jurídica del decreto-ley (tramitación de urgencia) para fijar las fechas. El Gobierno ya justificó ante el Congreso la necesidad de estabilizar el calendario. Una tercera prórroga es jurídicamente posible pero políticamente costosa.

La apuesta segura es cumplir antes de julio de 2027. El tiempo que necesitas para implementar un SIF conforme no es excesivo —VeriFacturas se puede configurar en una tarde—, pero sí necesitas tiempo para:

  1. Cargar tu certificado digital de la FNMT o de la Agencia Notarial.
  2. Verificar que tus datos de facturación (NIF, razón social, dirección fiscal) son correctos.
  3. Emitir y comprobar que la primera factura llega a la AEAT y el QR funciona.
  4. Informar a tus clientes del cambio de formato de factura si los tenías acostumbrados a otro.

No es complejo, pero hacerlo con margen evita que un error técnico te deje sin poder facturar justo en el momento en que el plazo vence.


Preguntas frecuentes sobre la multa VeriFactu

¿Cuánto es la multa por no cumplir con VeriFactu?

La multa máxima para autónomos y pymes que no utilicen un Sistema Informático de Facturación (SIF) conforme a VeriFactu es de 50.000 € por año. Esta cifra es el tope máximo anual por sujeto obligado, establecida en el régimen sancionador derivado del Real Decreto 1007/2023, que a su vez conecta con el marco general de infracciones tributarias de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003). La cuantía concreta depende de la gravedad de la infracción —leve, grave o muy grave— y de factores como la reincidencia. Dicho esto, incluso una sanción en el tramo bajo puede ser de varios miles de euros. La multa es anual: si incumples durante dos años, la exposición se duplica. La forma más sencilla de eliminar el riesgo es adoptar un SIF conforme antes del 1 de julio de 2027, que es el plazo definitivo para autónomos y demás obligados tributarios según el Real Decreto-ley 15/2025.

¿Qué pasa si sigo usando Excel para mis facturas después de julio de 2027?

Si emites facturas con Excel, Word o cualquier herramienta que no sea un Sistema Informático de Facturación (SIF) conforme a VeriFactu, estarás incumpliendo la obligación establecida en el Real Decreto 1007/2023 desde el 1 de julio de 2027. Excel no puede generar la cadena de hash SHA-256 que exige la normativa, no envía el registro de facturación a la AEAT en tiempo real, y no produce el código QR verificable que debe aparecer en cada factura. En la práctica, cualquier factura emitida con Excel después de esa fecha carecerá de los elementos técnicos que la ley exige, lo que te expone al régimen sancionador. La AEAT puede detectar el incumplimiento en una inspección rutinaria, al cruzar tus declaraciones con los registros que otros SIFs han enviado, o a raíz de una denuncia. La multa puede alcanzar los 50.000 € anuales. Cambiar de Excel a un SIF conforme lleva menos de un día para la mayoría de autónomos.

¿Las sanciones VeriFactu afectan también a mi gestoría?

Depende del papel que juegue tu gestoría. Si tu gestoría simplemente te asesora o lleva tu contabilidad pero tú eres quien emite las facturas, la responsabilidad del incumplimiento es tuya como empresario o profesional. Sin embargo, si tu gestoría emite facturas en tu nombre y lo hace con un software no conforme, el análisis cambia. Además, la normativa VeriFactu incluye un régimen sancionador específico para los fabricantes y distribuidores de software de facturación: si un proveedor de software vende un programa de facturación que no cumple con los requisitos del Real Decreto 1007/2023, puede ser sancionado con hasta 150.000 € anuales —tres veces el máximo para el usuario final—. Esto significa que gestorías que desarrollen o comercialicen software de gestión con módulo de facturación tienen una exposición propia, diferente a la del cliente al que sirven. En todo caso, si tu gestoría te recomienda un software, asegúrate de que ese software cumpla el Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024.

¿Hay margen para seguir emitiendo facturas sin VeriFactu después del 1 de julio de 2027?

No existe un período de gracia oficial publicado para autónomos. El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, fija el 1 de julio de 2027 como fecha definitiva de aplicación obligatoria para autónomos y demás obligados tributarios. El plazo ya se prorrogó dos veces (la fecha inicial era 2025 y luego 2026), por lo que confiar en una tercera prórroga es una apuesta arriesgada. La AEAT no necesariamente actúa el día 2 de julio de 2027, pero la exposición legal comienza en ese momento. Una inspección, una denuncia, o un cruce de datos puede desencadenar el expediente sancionador en cualquier momento a partir de esa fecha. El patrón de comportamiento racional no es esperar al último día: los sistemas SIF requieren cargar tu certificado digital, ajustar tu plantilla de factura, y verificar que el envío a la AEAT funciona correctamente. Hacerlo con margen evita que un error técnico te deje sin poder facturar justo cuando el plazo vence.


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La multa VeriFactu no es inevitable. Es el resultado de no actuar antes del 1 de julio de 2027. Si adoptas un SIF conforme hoy, el riesgo desaparece completamente.

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Última actualización: 16 de mayo de 2026

Esta guía la firma Uri Harel, Director, Vida Verda 2023 S.L.

Esta guía aplica al territorio común de España. Para País Vasco (TicketBAI), Navarra, Canarias (IGIC) y Ceuta/Melilla (IPSI), véase los regímenes regionales.

Referencias normativas:

This guide is authored by Uri Harel, Fundador y Director. For regional regimes — País Vasco (TicketBAI), Navarra, Canary Islands (IGIC) and Ceuta/Melilla (IPSI) — see the regional regimes guide (coming soon).